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Mostrando las entradas etiquetadas como derecho

Protección y normas de regulación del Derecho de Asociación

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Nos pareció importante realizar un aparte que hable de la protección penal al derecho de asociación y las respectivas normas que la regulan, iniciaremos con el fuero que cobija éste derecho bajo la legislación Colombiana "El que impida o perturbe una reunión lícita o el ejercicio de los derechos que conceden las leyes laborales o tome represalias con motivo de huelga, reunión o asociación legítimas, incurrirá en pena de prisión de uno (1) a dos (2) años y multa de cien (100) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes". Artículo 200 del código penal Colombiano.  El Código Sustantivo del Trabajo establece multas para la violación de éste derecho en su artículo 354: "2. Toda persona que atente en cualquier forma contra el derecho de asociación sindical será castigada cada vez con una multa equivalente al monto de cinco (5) a cien (100) veces el salario mínimo mensual más alto vigente, que le será impuesta por el respectivo funcionario administrativ...

Un poco de Historia sobre el Derecho de Asociación

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En el blog queremos que ustedes como lectores puedan apreciar el valor de la historia del derecho de asociación con una imagen que hemos elaborado especialmente para ilustrarlo, le tomará solo tres minutos, espero que sea de su total agrado. Lo invitamos para que nos siga leyendo, las próximas entradas serán de mucho interés y esperamos resuelvan sus dudas. ¡Hasta pronto! Fuentes: Hernández, F. (2004). El sindicalismo en Colombia: Implicaciones sociales y políticas. Bogotá, Pontificia Universidad Javeriana. http://ocw.uc3m.es/periodismo/periodismo-internacional-ii/lecturas/leccion-7/Pacto_de_la_Sociedad_de_Naciones.pdf Pacto de la Sociedad de Naciones, recopilado, digitalizado y comentado por la Cátedra de Estudios Internacionales de la Universidad del País Vasco. Ortega Torres, J. (1955). Código sustantivo del trabajo y código procesal del trabajo. Temis.

Le explicamos las implicaciones de la huelga de los pilotos de Avianca

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Se debe usted preguntar como muchas otras personas si ¿su huelga es legal?, ¿están permitidas las huelgas para empleados de servicios públicos pese a los daños que ésto le pueda causar a los clientes y otros empleados? ¿no tienen derecho los trabajadores de Avianca a la convención colectiva? Pues bien, en el blog trataremos de explicar ambas partes desde el derecho colectivo para que usted pueda determinar por cuál inclinarse. Los representantes del sindicato de Avianca nombraron un comité nacional para la huelga después de un recuento de votos en presencia de un inspector del Ministerio de Trabajo; 1984 de sus 2250 trabajadores optaron por la huelga, 204 a favor del tribunal de arbitramento (tribunales que son mediadores entre disputas relacionadas con actos administrativos, las partes en situación conflictiva deciden tomar una solución por medio de un arbitraje, su decisión es obligatoria y con eso se pondría punto final a la disputa), 51 trabajadores en blanco y 11 votos nulos....